CAPITULO III
QUE TRATA DE LOS DERECHOS DEL TORO.
Introducción:
Como principal participante, el toro tiene unos derechos que se le
respetarán estrictamente, ya que así lo dicta el buen sentido y la
costumbre; según lo dicho:
Se ordena:
0º Que se respete "per saecula saeculorum" la servidumbre
de paso que tiene el toro por el puente y el término de Tordesillas.
1º Que se trate al toro con la dignidad y honor que su categoría de
torneante le confiere.
2º Si el toro por su valor y sabiduría ganara fama, aunque resulte
muerto, téngase Consejo por si conviniera declararle por vencedor del
torneo.
3º Que el toro lleve por divisa los colores de la Villa, a saber,
oro, gules y azur.
4º Que los alimentos, toriles y todo aquello que influya en su
calidad de vida sea objeto de continuo desvelo.
5º Que nadie ose tratar mal al toro, ni vivo ni muerto, ni de
palabra ni de obra.
6º Si el toro se lesionara antes de alcanzar el palenque,
invalídese el torneo, sustituyéndose dicho toro por otro si fuera
posible; y si no lo fuera, retrásese el torneo para el día siguiente.
7º Si el toro, comenzado el torneo, no tuviera maneras, invalídese
el torneo.
8º Si el toro rebasara los límites marcados, aunque luego regresara
al palenque, désele por vencedor y finalice el torneo.
9º Si el toro entrara al río, no se le alancee allí y espérese a
que salga o sáquesele.
10º Si el toro rebasara los límites marcados, venza el torneo y
devuélvasele a los prados del Zapardiel, donde será curado y recibirá
los honores correspondientes